Ayudas al alquiler por la COVID-19
Las principales ayudas al alquiler como consecuencia del coronavirus que se han aprobado son las siguientes:
Microcréditos
Aquellos inquilinos más vulnerables se podrán acoger a microcréditos, sin intereses ni comisiones (0%), que se podrán devolver en un periodo estimado de seis años, ampliable a cuatro años más según el caso.
¿Quién se puede acoger al programa de microcréditos?
Aquellos que no puedan hacer frente al pago del alquiler de sus viviendas en motivo de un ERTE, reducción de jornada o pérdida del empleo. Esta medida también se ampliará para autónomos y pymes que demuestran un fuerte descenso de sus ingresos para sus locales comerciales.
Prórroga de contratos de alquiler
Prórroga extraordinaria de seis meses en los contratos de arrendamiento de la vivienda habitual que venzan durante el estado de alama, por lo que el propietario no podría ni extinguir el contrato ni incrementar el importe del alquiler durante medio año. Además, si el propietario de la vivienda es un fondo de inversión o gran tenedor de viviendas (a partir de ocho inmuebles), el inquilino podría ser sujeto a una moratoria de la renta de cuatro meses, a devolver en un periodo de tres a diez años.
Deshaucios
Suspensión de los desahucios para inquilinos en situación de vulnerabilidad que no tengan otra alternativa habitacional. La suspensión alcanzaría los seis meses desde el fin del estado de alarma.
¿Qué me va a pasar si soy propietario?
El Gobierno asegurará que los pequeños propietarios perciban íntegramente sus rentas, mientras que los grandes propietarios o fondos buitre podrían asumir parte del impacto económico.
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