El seguro de vehículos es obligatorio: lo uses, o no - Veritas Gestión
El seguro de vehículos es obligatorio: lo uses, o no

veritasgestion

11 abril, 2019

El Blog de Veritas Gestión

El seguro de vehículos es obligatorio: lo uses, o no

Abr 11, 2019Seguros0 Comentarios

¿Sabías que el seguro de tu vehículo es obligatorio por Ley?  Incluso si lo tienes en el garaje a buen recaudo. Así se indica en el  Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, que aprueba la Ley sobre Responsabilidad Civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Además, recientemente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado de igual forma que cualquier vehículo matriculado en la Unión Europea (UE) que cuente con permiso de circulación y, por tanto, sea apto para circular, debe estar cubierto por un seguro de responsabilidad civil aunque el propietario “no tenga intención de conducirlo y haya decidido estacionarlo (permanentemente) en un terreno privado”.

Si bien existen seguros no obligatorios como un seguro de decesos, vida o salud, el seguro de todo vehículo es obligatorio por un motivo de peso: la Responsabilidad Civil.

 

Por qué es obligatorio el seguro en los vehículos

La Responsabilidad Civil es la obligación de responder de los actos realizados personalmente o por otra persona, indemnizando los daños y perjuicios ocasionados a un tercero. Es decir, si ocasionamos un daño a alguien o algo, debemos responder ante ello. En el caso de los vehículos, nuestra Responsabilidad Civil puede ir desde colisionar con otro vehículo o varios vehículos ocasionando daños materiales, incluso a provocar lesiones o la muerte a alguien. ¿Imaginas cuánto dinero supone eso?

Existen dos tipos de cobertura de Responsabilidad Civil en un seguro:

  • Responsabilidad Civil obligatoria: Es la que exige la ley. La aseguradora pagará las indemnizaciones derivadas de los daños materiales y/o personales y los perjuicios económicos que causes. La cantidad a indemnizar se actualizará en función del Índice de Precios de Consumo Europeo en el porcentaje que comunique la Comisión Europea (CE).

En todo caso, dicho importe nunca superará los 70 millones de euros por lesiones a personas, sin tener en cuenta el número de víctimas, mientras que se limitará a 15 millones de euros los daños a bienes.

  • Responsabilidad Civil voluntaria: si bien no es obligatorio por ley, prácticamente todos los seguros la incluyen dentro de su prima anual. Además, es muy recomendable tenerla, ya que si la cantidad a indemnizar supera los límites anteriores, será el causante de los daños quien se haga cargo. Con esta cobertura tendrás cubiertos 50 millones de euros adicionales por siniestro.

¿Debo asegurar cualquier vehículo que tenga?

El Reglamento exige a asegurar todos los vehículos que tengan estacionamiento habitual en España, éstos son:

  • Aquellos con matrícula española
  • Vehículos no matriculados con placa o distintivo expedidos en España.Vehículo sin matricular, pero cuyo domicilio del titular consta en España.

Quedarán excluidos, eso sí, los remolques, semirremolques o máquinas especiales que no pesen más de 750 Kg.

De nos ser así,  el vehículo no podrá circular por territorio español, ni si quiera estar aparcado en la vía pública o en una propiedad privada (¡imagina que por un cortocircuito se origina un incendio!). Pero recuerda, sólo la cobertura de Responsabilidad Civil es la obligatoria, por lo que no debes pagar de más por coberturas que no desees. Sólo podrán librarse de dicho seguro todos aquellos vehículos que estén dados de baja temporal o definitiva en el registro de vehículos de la DGT (¡debes saber que para dar de baja un vehículo debe tener la ITV pasada!).

 

¿Qué consecuencias tiene no asegurar un vehículo?

En primer lugar, una sanción económica que puede ir de 601€ a 3.005€ según el tipo de vehículo y la situación en la que se encuentre. Para que te hagas una idea, un turismo normal puede pagar 1.500€ de multa por no tener el seguro contratado.

En segundo lugar, la inmovilización del vehículo por plazo de 1 mes, o 3 meses si no es la primera vez que nos paran sin seguro. Para poder desprecintarlo o sacarlo del depósito deberemos demostrar que ya del seguro obligatorio en vigor además de abonar todos los gastos ocasionados.No olvides asegurar tu vehículo. En Veritas Gestión trabajamos con más de 15 compañías. Seguro que alguna se encaja a tu presupuesto. ¡Calcula ahora tu seguro!

Si todavía no tienes el seguro con nosotros…

¿a qué esperas?

Categorías: Seguros

Contenido relacionado

Abrir chat
1
Hola,
¿En qué podemos ayudarte?

Aviso legal: debes saber que el contacto vía WhatsApp se gestiona en una aplicación externa a Veritas Gestión y, por lo tanto, Veritas Gestión no se hace responsable de la política de privacidad o seguridad de WhatsApp ni de la de ningún otro lugar de terceros.